Posted at 23:44h
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Bogotá,
Educación
El comportamiento indebido en las redes sociales por parte de los estudiantes podrá ser sancionados en los colegios cuando Afecte la intimidad
Para el Tribunal, no se viola el derecho a la educación cuando un colegio sanciona con expulsión, previa intervención y análisis del Comité de Convivencia Escolar, a un estudiante por la utilización indebida de redes sociales. Además, la Corte estableció en la sentencia que los procesos disciplinarios deben adelantarse en idioma oficial de Colombia.
Un caso particular donde estudiante fue expulsado definitivamente de un plantel por publicar y difundir fotos íntimas de una menor. Según la Corte “Dentro del ámbito de su autonomía, están facultados para aplicar el manual de convivencia cuando los estudiantes afecten la dignidad de otro estudiante por medios digitales, garantizando, en todo caso, el derecho al debido proceso. “Una fotografía intima compartida en un chat, por ejemplo, puede llegar a tener impactos inesperadamente sobredimensionados, mucho más allá de lo que pudieron inicialmente querer o pretender los involucrados”.
De igual manera expone que la comunicación entre los profesores y padres de los menores es la clave para prevenir la afectación a la dignidad de un menor. “Es importante un trabajo colaborativo entre las instituciones y los padres de familia para alertar a los estudiantes acerca de los posibles riesgos que implica el uso inadecuado de las tecnologías de la comunicación y la información”.
Por último, la Corte invitó al Comité escolar de Convivencia del Colegio relacionado con el caso particular a realizar una jornada de reflexión con perspectiva de género, en donde se aborden temas referentes al deber de respeto a la intimidad de las personas, el manejo de las redes sociales y los derechos y deberes de los estudiantes.